jueves, 17 de septiembre de 2015

TRÁMITE DE LEGALIZACIÓN DE LOS DOCUMENTOS PROBATORIOS DE ESTUDIOS.

Resolución 063


La resolución 063 publicada en la Gaceta 40723 el 13 de Agosto de 2015 presenta cuatro artículos,  a continuación se muestra transcripción fiel de los mismos, relativos al trámite de legalización de los documentos probatorios de estudios.

Artículo 1. Se suprime el trámite administrativo de legalización de los documentos probatorios de estudios del Ministerio del Poder Popular para la Educación.

Artículo 2. La firma, certificación y aval de los documentos probatorios de estudios correspondientes a las Directoras y Directores de las instituciones y Centros Educativos Oficiales y Privadas, conjuntamente con el docente encargado de control de estudio o por quién esté autorizado para tal efecto y con el funcionario de supervisión designado por esté Ministerio, debiendo realizarlo en un mismo acto, otorgando así plena validez en la República Bolivariana de Venezuela.

Artículo 3. Las personas señaladas en el artículo anterior, son responsables civil, penal, disciplinaria y administrativamente de las faltas en que incurran y pueden ser sancionados según lo dispuesto en la Ley Orgánica de Educación y otras Leyes vigentes aplicables.

Artículo 4. La presente Resolución entrará en vigencia a partir de su publicación de la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.

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